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ObCP - Opinión
Hacia el buen gobierno desde la contratación pública

Hacia el buen gobierno desde la contratación pública

Jose María Gimeno Feliu. Catedrático de derecho administrativo. Universidad de Zaragoza

11/12/2024

La función de una Administración económica moderna, proactiva, que moviliza inversiones productivas, es mejorar la calidad de prestación de los servicios públicos y aportar la mejor seguridad (certeza) jurídica posible. Por ello, la gestión pública del siglo XXI debe estar orientada al buen gobierno y la buena administración, derecho fundamental de la ciudadanía, como estándar para el impulso de las diferentes políticas públicas. Y el buen gobierno no es solo cumplir reglas sino, principalmente, satisfacer de manera adecuada las demandas de la sociedad. Es decir, interesa el resultado, muy especialmente en el ámbito de los servicios públicos esenciales. Buen gobierno, como explican, entre otros J. RODRIGUEZ ARANA y J.A MORENO MOLINA, como seña de identidad de la POLITICA que construye y pretende implantar los cambios para una convivencia mejor.

Para cumplir ese fin, como explica la presidenta de la Comisión  europea o los Informes reciente de E. Letta y M. Dragui, la contratación pública, por su indudable impacto económico, es la  principal herramienta para impulsar esos cambios. A través de  los contratos públicos se puede desarrollar una efectiva estrategia en los diferentes ámbitos (infraestructuras, tecnología, servicios a las personas, innovación, etc.) que descansar no en la forma sino en el mejor resultado.

Lo que significa que se debe poner el acento en la mejor calidad de la prestación. Y en resultado el factor tiempo es, por supuesto, un elemento esencial. Es muy evidente en prestaciones dirigidas a las personas en el ámbito de la salud o servicios sociales[1]. Pero también en la puesta en funcionamiento de infraestructuras, máxime cuando estas aportan rentabilidad social, ambiental o económica una vez se ponen en disposición de la sociedad. Y en esta nueva visión los objetivos de sostenibilidad ambiental son elementos vinculados directamente a la mejor prestación en tanto son de “primer nivel” que impregnan cualquier decisión pública y, en especial en la contratación pública que, necesariamente, debe alinearse también con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en especial objetivos 12 y 13).

El contrato público es, desde una perspectiva global, y por su capacidad de transformación -en tanto se movilizan importantes recursos públicos-[2], un elemento de indudable trascendencia para poder articular de forma inteligente y proactiva las nuevas políticas públicas y sus nuevas exigencias, donde la mera declaración legal resulta por si misma insuficiente. Por ello, la contratación pública, alejada de la perspectiva burocrática defensiva (tan extendida y con efectos perversos en la calidad de la actuación pública), se presenta como principal palanca de modernización y de escudo social. Hoy, una administración moderna y proactiva debe saber utilizar de forma correcta el contrato público en tanto forma parte del estándar del buen gobierno.

Esta nueva cultura de la buena administración mediante la contratación pública aconseja un cambio de su regulación (quizás ya a escala supranacional para generar un marco verdaderamente armonizado) y  también, principalmente, de la interpretación en lo relativo a su aplicación y su significado,  que supere las inercias a hacer lo mismo[3].

La correcta utilización del contrato público, como palanca de cambio, debe servir para dar cumplimiento al mandato constitucional de transformación  que deben liderar los poderes públicos en tanto se trata  de conseguir optimiza la inversión pública que supone todo contrato público. La estrella polar de la contratación pública, entre otros principios que “brillan con fuerza”, como la transparencia, la rendición de cuentas o la integridad, debe ser la calidad y el valor del resultado de la prestación. Y no el precio, en una errónea visión economicista que olvida los mejores aspectos técnicos, que confunde el verdadero significado del principio constitucional de eficiencia, con el objetivo del “ahorro”, sin pensar en los efectos que pueda tener en la calidad de los servicios públicos que debemos prestar a la ciudadanía, lo que lo que se alejaría de las exigencias del derecho a una buena administración que, como bien ha señalado J. TORNOS MAS “es el alma de la nueva administración”[4].

El rol de la gobernanza pública mediante una moderna e inteligente utilización de la contratación pública y de las fórmulas de colaboración público-privada debe servir como impulso para garantizar el equilibrio entre lo público y lo privado y preservar, por supuesto, los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima en inversiones de larga duración, que no son contrarios, sino complementarios, con los de control de la prestación y de adecuada regulación de unos servicios públicos “circulares” que integren lo social, lo ambiental y la equidad como señas de identidad del modelo económico para conseguir un adecuado reequilibrio de riqueza y de derechos y deberes, para avanzar en una sociedad realmente inclusiva. En ello va el futuro del liderazgo de gestión de las instituciones públicas de una moderna gobernanza pública económica, que piensa en las personas (y en la transformación social) y no en los privilegios ni en el inmovilismo ideológico.

Conocer el contexto y depurar conceptos y principios, comprender su correcto alcance, es un presupuesto necesario para poder articular una correcta política de contratación pública[5]. Nuevas formas de contratación pública que deben implicar también al sector empresarial, que debe asumir y alinearse con el nuevo contexto. Solo así se posible escalar las operaciones contractuales con velocidad y agilidad y permitir también incorporar los cambios del entorno empresarial para que puedan ser adquiridos por los poderes públicos. Para ello los responsables de las empresas deben estar adecuadamente formados en las singularidades de lo que es la contratación pública con la finalidad de conseguir el mejor rendimiento y la función estratégica que tiene para todas las partes afectadas[6].

Una última reflexión. Desde una correcta aplicación del derecho a una buena administración no pueden desconocerse las exigencias de “justicia social”, aun en un marco de competencia entre licitadores. Es tiempo de rearmar un modelo de crecimiento sostenible, que integre lo social, ambiental y la equidad como señas de identidad del modelo económico (son ya objetivos primarios) para conseguir un adecuado reequilibrio de riqueza y de derechos y deberes, para avanzar en una sociedad realmente inclusiva. Lo que exige, además de la necesaria convicción, planificación, una verdadera estrategia de objetivos realizables a medio y largo plazo (frente a la improvisación) y una visión no meramente “numérica e insensible” sobre los resultados, evitando el dumping social[7].

La contratación pública, en esa perpetua búsqueda, en palabras del profesor peruano V. BACA[8], de su piedra filosofal, necesita de una transformación radical para poder avanzar hacia una nueva cultura de contratación pública con vocación de transformación, abierta, responsable, competitiva, honesta e íntegra, profesionalizada, tecnológica y proactiva. Lo que exige una clara innovación administrativa y empresarial (en lo organizativo y en las formas de relacionarse) como paso previo y donde lo tecnológico debe servir de herramienta para su correcto impulso. Sin la innovación en la organización ni en los procedimientos (en la burocracia) resultará muy difícil cumplir los objetivos estratégicos. Para avanzar hay que “mirar atrás” para detectar errores, pues solo así, más allá de la esfera del confort (o de cierta autocomplacencia) se puede elegir la ruta correcta. Frente a inercias o dogmatismos, la situación “global” obliga a repensar soluciones jurídicas en la contratación pública que promuevan la eficacia de las políticas públicas y que concilien los interesen públicos en juego, siempre desde la óptica del derecho al buen gobierno y a la buena administración.

 

NOTA: Con más detalle me remito a mi monografía Hacia una buena administración desde la contratación pública. De la cultura de la burocracia y el precio a la de la estrategia y el valor de los resultados, Marcial Pons, Barcelona, 2024 (prólogo de Miguel Roca Junyent).

 

 

 

 

 

 

[1] Una contratación pública bien utilizada puede ayudar a la mejora asistencial de los pacientes ciudadanos. Vid. J.M GIMENO FELIU, “Creando valor en salud a través de una contratación pública estratégica, cooperativa e inteligente”. En extenso, ibidem, Hacia un nuevo enfoque de la prestación de salud desde una moderna contratación pública inteligente alineada con la buena administración”, Revista europea Ius Publicum, Vol. I, 2024.( at this link.)

[2] E. DIAZ BRAVO y J.A. MORENO MOLINA, Contratación Pública Global: Visiones Comparadas, Tirant lo Blanch, 2020.

 

[3] J.M. GIMENO FELIU, Hacia la buena administración desde la contratación pública, Marcial Pons, Barcelona, 2024.

[4] J. TORNOS MAS, “El principio de buena administración o el intento de dotar de alma a la Administración Pública”, libro colectivo Derecho Fundamentales y Otros estudios, Libro Homenaje al prof. Lorenzo Martin-Retortillo, Ed. Justicia de Aragón, Zaragoza, 2008, p. 630.

[5] J.M. GIMENO FELIU, “El necesario big bang en la contratación pública: hacia una visión disruptiva regulatoria y en la gestión pública y privada, que ponga el acento en la calidad”, Revista General de Derecho Administrativo núm. 59, 2022. Esta misma opinión de una contratación pública estratégica que piensa en valor en el trabajo de R. CARANTA, “Proximidad y resiliencia: Viejos y nuevos desafíos para la contratación pública en Italia”, Revista General de Derecho Administrativo núm. 64, 2023.

[6] Para ello, las empresas deberían contar con personas con habilidades adecuadas que lideren los sistemas de compra. Los responsables de compras deben asumir la oportunidad de una nueva forma de operar para para aportar un valor significativo a la organización. Para lo que resultaría conveniente redefinir las políticas de compras públicas, con un modelo operativo de objetivos que permita superar la inercia hacia visiones cortoplacistas estrechamente integradas con las finanzas.

[7] En este contexto hay que recordar la proposición no de Ley aprobada por consenso de todos los grupos de las Cortes de Aragón de 5 de mayo de 2022 (núm. 209/22), sobre la inclusión de consideraciones de sostenibilidad social, medioambiental y sostenibilidad económica en las licitaciones de la Administración Pública.

[8] V. BACA, «La contratación pública en el Perú y la perpetua búsqueda de la piedra filosofal», en libro colectivo Buen Gobierno y Mejor Gestión. Cómo Entender y Fortalecer el Estado en Tiempos de Pandemia, Gaceta Jurídica (Perú) 2021.

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