
Opinión
La razonabilidad del precio en la LGCP es clave para la valoración de ofertas, si bien el cambio a requerir únicamente el desglose de la estructura del precio en la oferta ha implicado una ruptura de paradigma, lo cierto es que hay otras herramientas clave para un buen ejercicio de razonabilidad, lo cual se analiza al amparo de los precedentes de la Contraloría General de la República para una mejor orientación del tema.
La geopolítica y la geoestrategia han transformado la contratación pública, dejando de ser un proceso técnico-administrativo para convertirse en una herramienta clave de seguridad nacional, soberanía y posicionamiento internacional. (SHUTTERSTOCK)
El contrato “llave en mano” o IPC implica que un único contratista se encarga del diseño, construcción, equipamiento y funcionamiento de una obra, bajo un precio y plazo fijos. Esta modalidad traslada la mayoría de los riesgos al contratista, incluyendo errores de cálculo o aumentos de costos. No obstante, la ley y la jurisprudencia costarricense reconocen el derecho a reajustes en casos excepcionales, para preservar el equilibrio económico del contrato.
El 27 de junio pasado se creó el Seminario Permanente Iberoamericano Competencia y Contratación Pública que, además de aspirar a ser el centro de estudio y creación de doctrina referente en competencia y contratración pública de toda Iberoamérica, honra al Dr. José María Gimeno Feliú, de la Universidad de Zaragoza, al Dr. José Antonio Moreno Molina de la Universidad Castilla La Mancha y al Dr. Jaime Rodríguez – Arana Muñoz de la Universidad de La Coruña, por una vida consagrada al derecho administrativo, a la enseñanza y a ser dignos maestros de máximas de vida digas de emitar. Son, ellos, un ejemplo de esos valores inherentes al servicio dedicado, humilde y de desprendimiento hacia el deseo de ayudar y motivar a otros, en el estudio del derecho, en aras de ser actores colaborades en la configuración de nuestras sociedades.
Resulta necesario para la actividad contractual que desarrolla el Estado la determinación de los impedimentos con el propósito de resguardar la objetividad e imparcialidad durante las fases de selección del contratista como de ejecución de las prestaciones. Identificar las causales de prohibición amerita un equilibrio entre la probidad en el ejercicio de las potestades con las libertades constitucionales de empresa y comercio.
La contratación pública, por su exposición a riesgos de corrupción y prácticas anticompetitivas, requiere sistemas de cumplimiento (compliance) que aseguren integridad, transparencia y competencia leal. Estos sistemas, permiten prevenir sobornos, garantizar trazabilidad y fortalecer la rendición de cuentas, transformando la relación con los proveedores en una alianza regulada y sostenida por normas éticas y jurídicas compartidas. Lejos de ser burocráticos, estos mecanismos potencian la eficiencia, reducen riesgos y convierten la compra pública en una herramienta de desarrollo sostenible, donde lo voluntario y lo vinculante se integran para asegurar transparencia, confianza y efectivo abordaje del bien común.
Nuestros colaboradores
- Asesora Legal, Gerencia Logística. CCSS.
- Director del Instituto de Profesionalización en Competencia y Contratación Pública
- Gerente de División de Contratación Pública, CGR
- Asociado Senior A Legal Group
- Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza
- Profesor de Derecho Administrativo, Universidad de Sevilla y UNIR. Director ejecutivo de la Red Iberoamericana de Contratación Pública (REDICOP).
- Fiscalizadora, Contraloría General de la República